NACIONAL

Ratifica juez entrega de bienes asegurados por FGR a empresarios cancunenses

Cancún. Un juez de control de Centro de Justicia Penal Federal en Cancún,  ratificó ayer la ilegalidad y nulidad de los cateos realizados a tres propiedades de los empresarios Florian Tudor y Chakib Naif, por lo que resolvió y ordenó nuevamente el desaseguramiento y devolución de las tres propiedades a los afectados.

En audiencia pública celebrada en el centro de Justicia Penal Federal y luego de cuatro horas de debate y alegatos, el juez Jesús Alejandro Ávila Gutiérrez, determinó y ratificó que los cateos a las tres propiedades quedan nulificados y dichos inmuebles deben ser restituidas a sus propietarios debido a que derivan de un cateo ilegal resuelto por sus antecesores y que ya es cosa juzgada.

Previo a la audiencia de ayer martes, cabe precisar que tras el cateo del 11 de mayo de 2019 a la propiedad ubicada en la calle Robalo número 53, SM 3 de Cancún, donde se detuvo al empresario Florian Tudor, la juez de distrito especializada en Sistema Penal Acusatorio, en función de juez de control, Verónica Gutiérrez Fuentes, determinó el 13 de mayo la ilegalidad de dicho cateo y ordenó la inmediata libertad del empresario.

Posteriormente tras la apelación de la Fiscalía (AMPF) a la determinación de la juez, ante el Tribunal Unitario, el magistrado Oscar Fuentes ratificó nuevamente la ilegalidad del mencionado cateo y en consecuencia anuló todos los actos cometidos en dicha diligencia.

Posterior a este veredicto, los defensores del empresario Florian Tudor solicitaron audiencia para solicitar el desaseguramiento y devolución del inmueble ubicado en la calle Robalo número 53, como resultado de la nulidad del cateo.

En audiencia pública del día 16 de agosto, el juez Eduardo Cortez dictaminó y ratificó que el cateo a la propiedad ubicada en la calle Robalo número 53 fue ilegal y por lo tanto todos los actos derivados quedaron anulados.

En este sentido, el juez José Eduardo Cortés Santos,  resolvió ante el Fiscal Cesar Eduardo Cervantes Saavedra, quien incluso estuvo presente en el cateo a dicho domicilio, la nulidad de todos los actos y ordenó la entrega del inmueble asegurado al imputado Florian Tudor en un plazo no mayor de cinco días.

En la misma audiencia el juez otorgó el sobreseimiento a la causa 127/2019 y cerró el caso.

Ante el resultado adverso, nuevamente, el Fiscal Cesar Eduardo Cervantes Saavedra, solicitó un recurso de revisión alegando un conflicto de intereses del juez, ya se trató del mismo que giró la orden de cateo a dicha propiedad, por lo que dicha audiencia fue anulada y respuesta para el 17 de septiembre del año en curso.

Para esta nueva audiencia celebrada ayer, se designó como Fiscal del caso a Citlali Moreno Navarrete en sustitución de Cesar Eduardo Cervantes Saavedra y como juez de control a Jesús Alejandro Ávila Gutiérrez, en sustitución de José Eduardo Cortes Santos.

En dicha audiencia, el equipo de abogados de Florian Tudor y Shaquib Naif solicitaron la nulidad de los  cateos y el desaseguramiento de las tres propiedades que derivaron de esta orden de cateo.

Es así que tras cuatro horas de debate y alegatos, el juez en turno, determinó y ratificó, nuevamente, que el cateo a la propiedad ubicada en la calle Robalo número 53 de Cancún y la detención del empresario Florian Tudor fue ilegal.

En razón de ello, determinó que derivado de dicha ilegalidad, el cateo a las propiedades ubicadas en avenida Cobá y en la Ruta de los Cenotes en el municipio de Puerto Morelos, también fue ilegal, razón por la cual se determina y ordena el desaseguramiento y entrega de las tres propiedades a las víctimas y afectados en un plazo no mayor de seis días hábiles.

Con esta resolución, es la cuarta ocasión en que jueces de distrito y de control del Centro de Justicia Penal Federal, califican de ilegal el cateo a las propiedades Florian Tudor y Chakin Naif y declaran la nulidad de todos los actos.

Es también la segunda ocasión que un juez de control diferente, resuelve y ordena en audiencia pública, la entrega o devolución de los bienes muebles e inmuebles a los empresarios involucrados para no causarles más daños y perjuicios, ni violaciones a sus derechos fundamentales.

Dichas resoluciones están relacionadas a las carpetas 151/2019 y 127/2019.

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